Seguros

Seguro Integral de Comercio
El seguro Integral de Comercio ampara los bienes donde se desarrolla una actividad comercial, el mismo está compuesto por la suma de al menos 4 coberturas: Incendio edificio y contenido (como cobertura obligatoria). Dado el gran abanico de coberturas y adicionales disponibles para cada actividad, podemos asegurar de manera “integral” a cada uno de nuestros clientes.
Importante: El local o establecimiento asegurado debe contar con habilitación municipal o del Organismo de Contralor correspondiente, vigente al momento de la contratación del seguro.
Para pedir cotización contactate a: seguros@mita.mutual.ar
Más sobre este servicio
Este producto está diseñado para la protección del patrimonio y capital de trabajo, ya sea para inquilinos como para propietarios de los establecimientos.
Está orientado a locales comerciales, Pymes, industrias, oficinas, empresas de servicios públicos y/o privados, cooperativas, entidades bancarias y financieras; con sus mercaderías y depósitos.
Contempla todas las actividades comerciales en general (algunas de ellas, detalladas más adelante, deben ser previamente autorizadas por Área Técnica). Nuestra propuesta se adapta a cada necesidad, permitiendo a su vez coberturas a medida.
- Protege el patrimonio del cliente ante un daño provocado por un incendio o robo.
- Posibilidad de adecuar la cobertura a la medida de la necesidad y características del comercio.
- Permite responder ante reclamos por daños o lesiones a terceros originados por sus empleados o por deficiencia en las instalaciones.
- Cuenta con servicio de asistencia y asesoramiento ante urgencias en el comercio.
- Rápida respuesta ante siniestros.
- Línea para denuncia de siniestros disponible las 24 Hs.
- APP móvil para ver las pólizas y realizar consultas.
- Sitio Web donde imprimir cupones de pago y realizar consultas sobre trámites.
¿Cuáles son las modalidades de prestación?
Dependiendo la cobertura, la prestación podrá ser “A prorrata” o “A Primer riesgo absoluto”.
• Prorrata: en caso de ocurrencia de un siniestro indemnizable, si la suma asegurada es inferior al valor asegurable, el Asegurador sólo indemnizará el daño en la proporción que resulte de ambos valores.
• Primer riesgo absoluto: Se indemnizará el daño como máximo hasta el límite de la suma asegurada indicada en póliza, sin tener en cuenta la proporción que exista entre esa suma y el valor asegurable.
El producto permite la combinación de medidas de la prestación prorrata y primer riesgo absoluto para la cobertura de Incendio Edificio.
Bajo esta modalidad se deben asegurar los valores reales a riesgo evitando los infraseguros y situaciones no deseados con los asegurados antes posibles siniestros, donde las indemnizaciones se pueden ver disminuidas por la aplicación de la regla proporcional, realizando quitas innecesarias a los damnificados generando su disconformidad.
La suma asegurada real del Edificio debe ser a prorrata y un porcentaje de esta a primer riesgo absoluto, con esta opción le permite al asegurado compensar como máximo hasta dicha suma posibles quitas en las indemnizaciones por efectos de los infraseguros.
Límite máximo:
– Riesgo Ordinarios: 30% de la suma asegurada de edificio, máximo: $ 510.000.000.-
– Riesgo Industriales: 30% de la suma asegurada de edificio, máximo: $ 240.000.000.-
La suscripción puede ser automática o quedar sujeta su aprobación al Área Técnica de Casa Central, en base a la actividad principal que se ejerza y la suma asegurada.
Límites máximos de sumas aseguradas bajo la modalidad primer riesgo absoluto, de utilización exclusiva para negocios pequeños, donde la suma asegurada global no supera dichos límites.
• Riesgos Ordinarios:
Incendio Edificio: $510.000.000
Incendio Contenido: $ 420.000.000
• Riesgos Industriales:
Incendio Edificio: $240.000.000
Incendio. Contenido: $200.000.000
A partir de las cero horas del día en el que se inicia la cobertura hasta las cero horas del último día del plazo establecido, salvo pacto en contrario o si el riesgo ameritara alguna inspección, quedando sujeto a la fecha pactada por la sucursal interviniente.